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Notificación de Productos Cosméticos de la UE (CPNP)

Notificación de Productos Cosméticos de la UE (CPNP)

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Introducción

Antes de que un producto cosmético pueda comercializarse en la Unión Europea, debe notificarse a través del Portal de Notificación de Productos Cosméticos (CPNP), según lo exige el artículo 13 del Reglamento (CE) n.º 1223/2009. Esto se aplica a todos los productos cosméticos vendidos en la UE, independientemente del tamaño del lote o del canal de ventas, ya sea en línea, al por mayor o al por menor. Una única notificación CPNP autoriza la venta legal en todos los estados miembros de la UE y, en virtud del Marco de Windsor, también se extiende a Irlanda del Norte.

Spectra gestiona todo el proceso para presentar notificaciones de productos cosméticos para su producto de una sola variante, trabajando a partir de su CPSR, datos de formulación y diseño de etiquetas para garantizar que la notificación sea completa, precisa e internamente consistente antes de que llegue al portal.

¿Qué es CPNP?

CPNP es el sistema de notificación previa al mercado centralizado y en línea de la Comisión Europea para productos cosméticos, parte de la más amplia implementación del Reglamento (CE) n.º 1223/2009. Proporciona a las autoridades competentes de la UE, a los centros de control de toxicología y a las autoridades aduaneras acceso a la composición del producto y a los datos de seguridad en caso de inspección, preocupación por la seguridad del consumidor o cuestión de aplicación transfronteriza. Cada formulación de producto distinta (una crema específica para el cuidado de la piel, un bálsamo labial, un champú o un perfume) requiere su propia notificación de producto cosmético, ya que cada combinación de ingredientes, restricciones del anexo y requisitos de etiquetado debe confirmarse individualmente.

Lo que gestionamos

  • Confirmación de que su CPSR y Expediente de Información del Producto están completos y listos para CPNP

  • Introducción de la identidad del producto, la categoría y los detalles de la función en el portal de notificación de productos cosméticos

  • Introducción de datos de ingredientes utilizando nombres INCI y los rangos de concentración correctos

  • Carga de imágenes de etiquetas y envases para apoyar la trazabilidad y la preparación para la inspección

  • Coordinación con su Persona Responsable con sede en la UE, o provisión del propio servicio de RP de la UE de Spectra cuando sea necesario

  • Validación final y presentación electrónica, lo que resulta en una referencia de notificación CPNP

Datos requeridos para la presentación

  • Informe de Seguridad del Producto Cosmético (CPSR) Evaluación de seguridad del Anexo I que confirma el cumplimiento toxicológico

  • Expediente de Información del Producto (PIF) formulación, método de fabricación, etiquetado y registros de pruebas

  • Diseño de la etiqueta lista INCI, contenido nominal, código de lote, país de origen, advertencias y datos de contacto de la Persona Responsable

  • Imagen del producto/envase

  • Información de la Persona Responsable dirección registrada en la UE, datos de contacto y autorización

  • Código de formulación marco, cuando su producto se encuentre en una categoría de composición específica (por ejemplo, tinte para el cabello, productos para uñas)

  • Divulgación de nanomateriales, cuando corresponda, según el artículo 16

Cuándo se requieren notificaciones separadas

Generalmente, se requiere una entrada distinta en el portal de notificación de productos cosméticos siempre que:

  • La formulación cambia en ingredientes, composición o proporciones de concentración

  • El uso o la categoría del producto cambia (por ejemplo, una crema facial reformulada como loción corporal)

  • La clasificación de seguridad cambia (por ejemplo, se introduce un alérgeno de fragancia o un nuevo conservante)

  • El embalaje, el etiquetado o las declaraciones difieren sustancialmente de un producto notificado existente

Las variaciones de fragancia o las diferencias de tamaño de envase a veces pueden incluirse en una única notificación maestra, dependiendo de la evaluación de la equivalencia de seguridad de su Persona Responsable; Spectra lo evalúa caso por caso.

Marco Legal y Regulatorio

  • Artículo 13, Reglamento (CE) n.º 1223/2009 el requisito de notificación en sí: antes de poner un producto cosmético en el mercado, la Persona Responsable debe presentar la información requerida a la Comisión Europea por medios electrónicos

  • Artículo 4 designación de una Persona Responsable establecida en la UE

  • Anexo I el requisito del CPSR que respalda la notificación

  • Anexos II–VI restricciones específicas de ingredientes verificadas antes de la presentación (sustancias prohibidas, sustancias restringidas, colorantes permitidos, conservantes y filtros UV)

  • Artículo 16 obligaciones de notificación de nanomateriales

Quién necesita este servicio

  • Marcas que lanzan un producto cosmético de una sola variante para la venta dentro de la UE

  • Marcas del Reino Unido que se expanden al mercado de la UE después del Brexit, lo que requiere una notificación específica de la UE separada del SCPN

  • Importadores que traen cosméticos fabricados fuera de la UE al mercado de la UE

  • Fabricantes por contrato que preparan la notificación en nombre de un cliente de marca

Proceso y tiempo de respuesta

  1. Revisión de documentos: su CPSR, PIF, diseño de etiqueta e imagen de producto se verifican para el cumplimiento de los Anexos I y II-VI.

  2. Acceso al portal y verificación de RP: la cuenta CPNP utilizada debe estar vinculada a una Persona Responsable establecida en la UE; Spectra confirma que esto está correctamente implementado.

  3. Entrada de datos del producto: se envía la identidad, categoría, función y los datos de contacto de la Persona Responsable/fabricante.

  4. Entrada de la composición: cada ingrediente se ingresa por nombre INCI y rango de concentración.

  5. Carga de etiqueta e imagen: se cargan la etiqueta final del envase y la foto del producto para su trazabilidad.

  6. Validación y confirmación: una revisión final precede a la presentación; una vez aceptada, recibe un número de referencia de notificación CPNP.

Una vez que los documentos están completos y verificados, la notificación suele finalizarse en unos pocos días hábiles.

Entregables

  • Número de referencia de notificación CPNP

  • Resumen de cumplimiento para los registros de su Persona Responsable

Sí, una única notificación autoriza la venta legal en los 27 estados miembros de la UE, y se extiende a Irlanda del Norte en virtud del Marco de Windsor.

Sí, según el Artículo 4, la notificación debe estar vinculada a una Persona Responsable establecida dentro de la UE. Spectra ofrece esto como un servicio aparte en caso de que usted no cuente ya con representación en la UE.

No, el Reino Unido y la UE requieren personas responsables separadas, cada una establecida dentro de su mercado respectivo.

Su CPSR, PIF, diseño de etiqueta, una imagen del producto y los datos de la Persona Responsable, además de un código de formulación de marco cuando sea relevante y una declaración de nanomateriales según el Artículo 16, si corresponde.

Entonces la notificación CPNP no es necesaria para su negocio; en su lugar, consulte nuestro servicio SCPN del Reino Unido. Si vende en ambos mercados, ambas notificaciones son necesarias.

No necesariamente, las diferencias en el tamaño del envase pueden a veces incluirse en una notificación maestra existente, dependiendo de una evaluación de equivalencia de seguridad. Evaluamos cada caso individualmente.