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CPSRP para brillos y escarcha corporales (incluye productos de brillo y escarcha corporales)

CPSRP para brillos y escarcha corporales (incluye productos de brillo y escarcha corporales)

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Introducción

Los productos de purpurina y brillo corporal se enfrentan a una cuestión de cumplimiento que la mayoría de los cosméticos no: muchas purpurinas convencionales están hechas de película de PET (tereftalato de polietileno), que entra dentro de la restricción de micropartículas de polímeros sintéticos de la UE según el Reglamento (UE) 2023/2055. Además de la evaluación de seguridad estándar del Anexo I que necesita todo cosmético, su informe de seguridad del producto cosmético para un producto de purpurina o brillo confirma si su purpurina es biodegradable, a base de minerales o está exenta, y señala cualquier fecha límite de etiquetado o reformulación que se aplique si no lo es.

Qué evalúa su CPSR

  • Revisión toxicológica completa de ingredientes y pigmentos/purpurina contra el Anexo II, III y IV
  • Identificación de la composición de las partículas de purpurina (película plástica frente a celulosa biodegradable, mica o alternativas de mica sintética)
  • Cuando se utiliza purpurina de plástico: confirmación del estado legal actual, plazo de transición aplicable (las categorías de enjuague/sin aclarado/labios y uñas de la UE van de 2027 a 2035) y la obligación de etiquetado "contiene microplásticos", vigente en la UE desde octubre de 2023
  • Evaluación del contacto y la exposición de la piel específica para la aplicación de purpurina suelta o ligada (uso facial, corporal o labial)
  • Conformidad de los colorantes para cualquier pigmento de brillo coformulado contra el Anexo IV

Para quién es esto

Marcas de maquillaje y arte corporal, vendedores de cosméticos para festivales y eventos, y cualquier marca que utilice purpurina suelta o prensada en un producto cosmético sin aclarado, vendido en el Reino Unido y la UE.

Según las normativas cosméticas actuales, este es un requisito legal para vender productos cosméticos que contengan partículas de purpurina o brillo en cualquiera de los mercados; no hay exención para marcas de lotes pequeños o hechas a mano.

Por qué las marcas eligen Spectra Cosmetic Compliance

  • Firmado por un Evaluador de Seguridad cualificado según el Artículo 10(2) del Reglamento (CE) nº 1223/2009 reconocido en todo el Reino Unido y la UE, aplicando la metodología del SCCS.
  • Listo para el regulador, o lo revisamos sin cargo: nuestra garantía de cumplimiento.
  • Listo para PIF: su informe se integra directamente en su Expediente de Información del Producto, sin necesidad de reformatear.
  • Opciones claras de tiempo de entrega: entrega estándar en 3-5 días hábiles, con opciones de prioridad de 48 horas y 24 horas disponibles. (Sujeto a la provisión del 100% de los documentos, según nuestros términos y condiciones.)
  • Con la confianza de marcas de cosméticos y fragancias en el Reino Unido, la UE, EE. UU., Oriente Medio y Asia.

Entregables de su CPSR

Su informe de seguridad del producto cosmético completo se entrega listo para su inclusión en el PIF, según la especificación del Anexo I, en dos partes:

Parte A — Información de seguridad del producto cosmético

  • Datos de formulación cuantitativos y cualitativos
  • Características fisicoquímicas y estabilidad a lo largo del tiempo
  • Calidad microbiológica
  • Impurezas, trazas y material de embalaje
  • Exposición y perfil toxicológico de los ingredientes

Parte B — Evaluación de la seguridad del producto cosmético

  • La conclusión del evaluador de seguridad
  • Cálculos del margen de seguridad
  • Condiciones de uso y etiquetado
  • Una declaración de cumplimiento firmada por un evaluador cualificado

Además, un certificado de cumplimiento digital que confirma que su producto cumple con la legislación de seguridad cosmética del Reino Unido/UE. Una Ficha de Datos de Seguridad (SDS) del producto terminado proporcionada junto con su CPSR como soporte complementario (la SDS del producto terminado es GRATUITA con el pedido de CPSR).

Marco legal

  • Artículo 3 y Anexo I, Reglamento (CE) nº 1223/2009
  • Anexo 34, Reglamento de Seguridad y Metrología de Productos, etc. (Enmienda, etc.) (Salida de la UE) de 2019 (SI 2019/696)
  • Reglamento (UE) 2023/2055 (que modifica el Anexo XVII de REACH) — restricción de microplásticos, relevante para la purpurina a base de plástico vendida en la UE; el Reino Unido no tiene actualmente una restricción equivalente en vigor, lo que señalamos cuando sea relevante para sus mercados
  • Anexo IV colorantes permitidos

Cómo funciona

  1. Comparta su formulación: envíe su lista completa de INCI con porcentajes, la SDS de la materia prima y el diseño de la etiqueta del producto.
  2. Examinamos cada ingrediente: cada ingrediente se verifica con los Anexos pertinentes del Reino Unido/UE y la guía actual del SCCS.
  3. Completamos la evaluación: un evaluador de seguridad cualificado prepara y firma las Partes A y B del CPSR y elabora su documentación lista para el PIF.
  4. Recibe su archivo: su CPSR firmado y la documentación de respaldo se entregan dentro del plazo de entrega elegido.
  5. Opciones de entrega: Estándar (3-5 días hábiles, incluido) | Rápida (48 horas) | Prioritaria (24 horas)

No, solo la purpurina de plástico suelta sin una exención transitoria está restringida de inmediato. La purpurina utilizada en cosméticos tiene un período de transición gradual que se extiende hasta 2027-2035, dependiendo de la categoría del producto, por lo que la mayoría de la purpurina cosmética sigue siendo legal para vender ahora, siempre que su etiquetado y el cronograma de reformulación estén correctamente planificados.

Actualmente no. El Reglamento (UE) 2023/2055 es una medida de la UE; el Reino Unido no ha introducido una restricción equivalente, aunque monitorizamos esto e indicaremos cualquier cambio relevante para sus ventas en GB.

Materiales como las partículas de brillo a base de celulosa o de mica que se descomponen de forma natural se consideran generalmente exentos de la restricción; verificamos la documentación de su proveedor de purpurina específico como parte de la evaluación.

Si su producto utiliza purpurina de plástico no exenta y se vende en la UE, sí — una declaración "contiene microplásticos" es un requisito de etiquetado vigente desde octubre de 2023.

Sí, dentro del período de transición aplicable a su categoría de producto, pero le recomendamos que planifique un cronograma de reformulación ahora en lugar de esperar hasta la fecha límite.

Sí, los productos para uñas y labios entran dentro del periodo de transición más largo (hasta 2029), lo que refleja una vía de exposición y liberación diferente en comparación con la purpurina para enjuagar o la purpurina leave-on general.